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NFTs y derechos de autor: una guía para principiantes

Escrito por Sketchar5 min de lectura
NFTs y derechos de autor: una guía para principiantes

La tecnología en torno a Web3 avanza a un ritmo tan acelerado que las instituciones gubernamentales no logran seguirle el paso. No es un fenómeno nuevo. Es imposible que los legisladores se adelanten a la tecnología y preparen un marco normativo con anticipación para prevenir futuros problemas legales.

Recién ahora la persona promedio comenzará a notar noticias sobre casos judiciales relacionados con NFTs, y las preguntas en torno a la propiedad, el arte y el comercio esperemos que se vuelvan más claras.

Actualmente, las comunidades de NFTs, tanto compradores como artistas, son víctimas de estafas y robos a diario. Sin embargo, la infracción de derechos de autor puede autorregularse, porque las mismas leyes de propiedad intelectual que funcionan en el mundo físico también aplican en Web3. (Aunque todavía estamos en la fase de "Viejo Oeste" de Web3)

¿Qué debe saber un comprador?

Un NFT y la obra en sí suelen ser dos entidades separadas.

El token no fungible es una cadena de código vinculada a la obra original. Por lo tanto, el comprador está adquiriendo los metadatos, no la pieza original. (en la mayoría de los casos)

Algunos compradores creen que adquieren todos los derechos asociados a la obra original, lo cual ya ha generado situaciones curiosas. Como el caso de Spice DAO, que compró una copia de un manuscrito de la novela de ciencia ficción Dune pensando que podrían crear su propia adaptación cinematográfica, sin detenerse a pensar que todos los derechos subyacentes no les pertenecían.

Bueno, sea lo que sea que la comunidad pensó que estaba adquiriendo, igual podrían haber creado fan-fiction sin alarmar a quienes poseen los derechos de la propiedad intelectual de Dune.

¿Qué debe saber un artista?

La venta de un NFT no necesariamente transfiere los derechos subyacentes de la obra original. Son las mismas reglas que aplican en la venta de cualquier tipo de obra creativa: la transferencia de cualquier derecho subyacente depende del creador o del titular más reciente de los derechos de autor.

Del lado del artista, la mejor y probablemente la única solución para proteger su obra es recurrir a la Digital Millennium Copyright Act (DMCA).

Desliza hacia abajo para leer una entrevista con nuestra abogada, quien nos explicó los conceptos básicos del derecho de autor y cómo proteger tu propiedad intelectual en Web3.

Sasha Blot ©

¿A quién pertenece el derecho de autor de la obra?

El derecho de autor pertenece al creador de la obra.

El derecho de autor incluye: (1) el derecho exclusivo de autorizar y prohibir el uso de una obra, así como (2) los derechos personales (no patrimoniales), como el derecho a que se indique el nombre del autor y la inviolabilidad de la obra.

Los derechos no patrimoniales no pueden venderse ni transferirse, a menos que se establezca explícitamente en el contrato inteligente entre el vendedor (autor) y el comprador, o se mencione en los términos del marketplace.

En el caso de la venta de un NFT, los marketplaces no tienen condiciones estándar para la transferencia de derechos de autor. Como máximo, se otorga una licencia del usuario-vendedor para que la obra vendida como NFT pueda mostrarse en internet.

Si la propiedad está definida y regulada por un contrato inteligente, ¿se reconocerá potencialmente en todas las jurisdicciones donde exista la blockchain (se tendrán en cuenta los requisitos de los distintos tratados de derechos de autor)?

No hay consenso entre los abogados de distintos países sobre los NFTs ni sobre si el concepto de propiedad aplica a ellos. Suponiendo que la propiedad sí aplique, esta solo recaería sobre el NFT en sí, no sobre la obra original.

¿Cómo están las cosas con los "derechos no patrimoniales"? ¿Está este tema en la agenda legal de la comunidad NFT (son conscientes de estos derechos), que son tan importantes en Europa?

Supongo que el tema de indicar el nombre del autor de la obra y la inviolabilidad de la obra forma parte de la agenda.

Formalmente, el NFT implementa un "derecho no patrimonial" como el "derecho de seguimiento": la posibilidad de que el autor reciba un porcentaje de las ventas secundarias del NFT.

¿Cómo debería actuar un artista si algo sale mal?

Los marketplaces operan de acuerdo con la DMCA (Digital Millennium Copyright Act). Por lo tanto, si hay una infracción sobre los derechos de autor de un artista, entonces:

  • El autor/titular de los derechos puede presentar una queja ante el marketplace por la violación del derecho de autor.
  • El marketplace envía el reclamo a la persona que presuntamente está violando los derechos. A partir de ese momento, el marketplace eliminará el contenido a favor de quien presentó la queja o esperará una respuesta del presunto infractor.
  • Si el presunto infractor no responde, el contenido en disputa se elimina de la venta.
  • Si el presunto infractor presenta una respuesta, el contenido en disputa permanece (o se restituye si fue eliminado). Y la respuesta se envía al autor/titular de los derechos con una aclaración: la disputa puede resolverse en tribunales, ya que el sitio no tiene la autoridad correspondiente.

Los marketplaces son intermediarios de información, mientras que los infractores serán personas específicas que hayan subido contenido en violación de derechos.

Pero el comprador de un NFT generalmente no recibe derechos exclusivos sobre la obra. Entonces, si el comprador usa la obra del autor fuera de la blockchain/marketplace, por ejemplo, crea una derivación de la obra, comienza a vender mercancía o de alguna otra forma obtiene un beneficio financiero adicional, el autor tiene derecho a demandar al comprador que viola los términos de uso.

Además, un titular de derechos de autor externo puede indicar sus reclamos en el contexto del derecho de autor. ¿Los marketplaces de NFTs ya ofrecen una plataforma para esto?

Si hablamos de una violación de los derechos de un titular externo, entonces tiene derecho a utilizar el procedimiento de la DMCA descrito anteriormente.

Si el autor ha vendido (cedido) el derecho exclusivo sobre la obra a un tercero, entonces es este tercero quien tiene derecho a presentar una queja. En otros casos, el comprador del NFT, al no tener exclusividad, no puede reclamar por el uso de la obra.

En cuanto a los derechos personales no patrimoniales, solo el autor puede presentar una queja, ya que estos no pueden venderse ni transferirse.


Sketchar, como plataforma, está construyendo un marketplace de NFTs democratizado, donde todas las obras de arte creadas en la aplicación son originales y auténticas.

Se recomienda leer más sobre la DMCA, ya que es poco probable que reciba ajustes en el corto plazo: https://www.copyright.gov/title17

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